“Declaro que M. C. D. es una homosexual rebelde a su familia”
La primera lesbiana que pide una indemnización después de ser represaliada por el franquismo fue condenada sin que su defensor alegara nada
La vida le ha dado “un segundo palo”, y por eso M. C. D., la primera lesbiana de las represaliadas durante el franquismo que ha pedido una indemnización, entiende que para ella es casi un deber moral atender a los medios de comunicación. Pero lo hace a disgusto y con limitaciones: ni su nombre ni su lugar de residencia deben ser hechos públicos. No es solo por las secuelas de aquel proceso, en el que una niña de 16 años fue detenida, puesta en libertad condicional y juzgada ya con 17 por ser lesbiana. También le influye en la ciudad en la que vive, de la que se niega a dar ningún tipo de detalle, las cosas no le están siendo fáciles a ella y su pareja. La homofobia no está extinguida, ni mucho menos comenta Antoni Ruiz, presidente de la Asociación de ex Presos Sociales, que es quien ha asesorado a M. C. D. para que reclame.
La mujer cuenta la historia de una manera abreviada y a regañadientes. “No me acuerdo ni dónde estaba cuando me detuvieron. Vino un grupo de policías de paisano, y ya está. He pasado toda mi vida intentado olvidarlo, superar la psicosis que aquello me produjo”. Tampoco sabe por qué lo hicieron. Si alguien la denunció o si su comportamiento levantó las sospechas de las autoridades. Solo sabe que entones tenía “17 años, edad en la que aún no te has definido como adulto”, y que fue sometida “durante meses a un interrogatorio”, dice “que no comprendes”.
La sentencia del juez “de Instrucción y de Peligrosidad y Rehabilitación Social” de su provincia da algunas pistas. Apenas dos folios bastan para ejemplificar la homofobia de la época y para intentar arruinar una vida. M. C. D., “hija de una honrada familia”, presenta una “una clara orientación homosexual teniendo relaciones impúdicas con otra joven a la que domina, persigue y atrae” (Una víctima de la pervertida). Pero, además, es “una persona rebelde a sus familiares a los que desobedece y amenaza” cuando “intentan corregirla y educarla”.En una especie de comunicado que lee con voz entrecortada, M. C. D. recuerda la dureza de un tiempo en que ser reconocido como gay, lesbiana o transexual era un peligro. Como ejemplo, recuerda a que, de su círculo, “dos personas recibieron electrochoques” como forma de tratar su desviación. Y ellos no se llevaron la peor parte. Otros tres, “un estudiante, un profesor de instituto que era uno de mis mejores amigos y un bombero, se suicidaron”. “Si cada uno conocemos a cinco personas [que sufrieron estos procesos], imagínese lo que era aquello”.
Ambos delitos (ser lesbiana y obedecer a la familia) están en el mismo nivel para un sistema en el que la mayoría de edad estaba lejana (era a los 21), y en la que ese concepto se aplicaba a las mujeres a regañadientes.
Por eso, el juez lo tiene claro: M. C. D. “Es una homosexual, rebelde a su familia, que se encuentra en estado peligroso”. Por eso le puede aplicar la ley de Peligrosidad Social de 1970, y la condena a “internamiento en un establecimiento de reeducación por un tiempo no inferior a cuatro meses ni superior a tres años”. También le prohíbe “visitar salas de fiestas y establecimientos públicos donde se ingieran bebidas alcohólicas durante dos años”.
El abogado defensor, por cierto, no tuvo nada que alegar.
A M. C. D. el recuerdo le duele. Pero consigue sacar la ironía para hablar de su reeducación. “Era una cárcel normal [la prisión de Alcázar de San Juan, provincia de Ciudad Real, donde pasó cuatro meses], y no había reeducación ninguna. Bueno, sí, hacíamos cositas, manualidades de punto, costura y cuero. Por cierto que nos las pagaban muy mal, así que alguien debió de forrarse con nuestro trabajo”, dice.
Que aquel intento reeducador fue un fracaso es una obviedad. Aunque alguno de los conocidos de M. C. D. intentó librarse de la presión casándose, no es su caso. La Comisión de Indemnizaciones a Ex-Presos Sociales, órgano colegiado adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda, al que corresponde la resolución de las solicitudes de indemnización, tendrá que decidir ahora la resolución de la petición.